Decreto 90/1993, de funciones de determinados órganos administrativos de la Junta

Artículo 5

En pocas palabras

A los Negociados u órganos asimilados les corresponde el despacho y la tramitación de los asuntos que consistan en la simple constatación de hechos y en la aplicación automática de normas, siempre que no estén incluidos en ninguno de los artículos anteriores.

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Texto del artículo 5 del Decreto 90/1993 (DFO)

Corresponde a los Negociados u órganos asimilados el despacho y la tramitación de aquellos asuntos que consistan en la simple constatación de hechos y en la aplicación automática de normas y que no estén incluidas en ninguno de los artículos anteriores.

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