Decreto 315/1964, Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado

Artículo 29

En pocas palabras

La selección de los aspirantes al ingreso en los Cuerpos de la Administración civil del Estado se hace mediante convocatoria pública y la práctica de las pruebas selectivas correspondientes. Si se trata de ingreso en los Cuerpos generales, las pruebas se efectúan a través del Centro de Formación y Perfeccionamiento de Funcionarios, ante un Tribunal cuya composición se determina reglamentariamente.

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Texto del artículo 29 del Decreto 315/1964 (LFCE)

La selección de los aspirantes al ingreso en los Cuerpos de la Administración civil del Estado se realizará mediante convocatoria pública y la práctica de las pruebas selectivas correspondientes que, cuando se trate de ingreso en los Cuerpos generales, habrán de efectuarse a través del Centro de Formación y Perfeccionamiento de Funcionarios ante un Tribunal cuya composición se determinará reglamentariamente.

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