Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa

Artículo 97

Título III. Procedimientos especiales›Capítulo VI. De las expropiaciones por causa de colonización o de obras públicas›Sección 1.ª. De las expropiaciones por causa de colonización

En pocas palabras

Las expropiaciones por causa de colonización y de fincas mejorables se regulan por su legislación especial, incluso en lo relativo a los órganos, medios de valoración y recursos. En lo no previsto en esa legislación especial rige como supletoria la presente Ley.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 97 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 (LEF)

Las expropiaciones por causa de colonización y de fincas mejorables se regularán por su legislación especial, incluso en lo relativo a los órganos, medios de valoración y recursos. En lo no previsto en dicha legislación especial regirá como supletoria la presente ley.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

Practica Ley de 16 de diciembre de 1954 (LEF) con tests

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Ley de 16 de diciembre de 1954 (LEF)