Decreto 91/2026, de evaluación del desempeño y carrera horizontal

Artículo 22. Resultados de la evaluación del desempeño

En pocas palabras

Con carácter general, la valoración global asigna hasta un 85 % a la evaluación individual y un mínimo del 15 % a la colectiva, ponderación modulable según la unidad. En las unidades de las letras c) y d) del artículo 16.3, la persona titular del órgano directivo central competente en función pública puede aumentar el peso colectivo, previo conocimiento y análisis por la Comisión Sectorial. En jefaturas de servicio: hasta 75 % individual y mínimo 25 % colectiva. Los resultados colectivos se usan para mejorar la organización del trabajo, la planificación de recursos humanos y la formación.

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Texto del artículo 22 del Decreto 91/2026 (DED)

1. La valoración global de la evaluación del desempeño en sus dos dimensiones, individual y colectiva, se determinará asignando, con carácter general, un peso de hasta un 85 % a los resultados de la evaluación individual y de un mínimo del 15% a los resultados de la evaluación colectiva. No obstante, esta ponderación podrá modularse en función de la naturaleza y funciones de la unidad administrativa evaluada. Especialmente, en las unidades a las que se refieren las letras c) y d) del artículo 16.3, la persona titular del órgano directivo central competente en materia de función pública, previo conocimiento y análisis de la propuesta por la Comisión Sectorial del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, podrá aumentar el peso de la dimensión colectiva. La evaluación del desempeño individual deberá estar orientada a favorecer el logro de los objetivos colectivos, promoviendo la corresponsabilidad en los resultados comunes. Cuando el personal evaluado sea titular de una jefatura de servicio, la valoración global de ambas dimensiones de la evaluación del desempeño se determinará asignando un peso de hasta un 75 % a los resultados de la evaluación individual y de un mínimo del 25% a los resultados de la evaluación colectiva. 2. Los resultados de la evaluación del desempeño colectiva se utilizarán para la mejora de la organización del trabajo, la planificación de recursos humanos y la formación del personal.

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