Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores
Artículo 57. Procedimiento concursal
Título I. De la relación individual de trabajo›Capítulo III. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo›Sección 5.ª. Procedimiento concursal
En pocas palabras
En caso de concurso, a la modificación, la suspensión y la extinción colectivas de los contratos de trabajo, y a la sucesión de empresa, se les aplican las especialidades previstas en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. El artículo no contiene ninguna otra regla: se limita a esa remisión.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2015 (ET)
En caso de concurso, a los supuestos de modificación, suspensión y extinción colectivas de los contratos de trabajo y de sucesión de empresa, se aplicarán las especialidades previstas en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
Practica Real Decreto Legislativo 2/2015 (ET) con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.