Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía

Artículo 215. Nuevos canales audiovisuales

Título VIII. Medios de comunicación social

Texto del artículo 215 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)

La Comunidad Autónoma podrá crear nuevos canales audiovisuales u otros medios de comunicación en el marco del ordenamiento jurídico.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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