Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía
Artículo 215. Nuevos canales audiovisuales
Título VIII. Medios de comunicación social
Texto del artículo 215 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)
La Comunidad Autónoma podrá crear nuevos canales audiovisuales u otros medios de comunicación en el marco del ordenamiento jurídico.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
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