Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía
Artículo 203. Uso eficiente del suelo y sistemas integrales de transporte
Título VII. Medio ambiente
En pocas palabras
Apartado 1: los poderes públicos de Andalucía velarán por un uso eficiente y sostenible del suelo, a fin de evitar la especulación urbanística y la configuración de áreas urbanizadas insostenibles. Apartado 2: la Comunidad Autónoma de Andalucía potenciará el desarrollo del transporte público colectivo, especialmente aquel más eficiente y menos contaminante.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 203 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)
1. Los poderes públicos de Andalucía velarán por un uso eficiente y sostenible del suelo, a fin de evitar la especulación urbanística y la configuración de áreas urbanizadas insostenibles. 2. La Comunidad Autónoma de Andalucía potenciará el desarrollo del transporte público colectivo, especialmente aquel más eficiente y menos contaminante.
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