Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía

Artículo 203. Uso eficiente del suelo y sistemas integrales de transporte

Título VII. Medio ambiente

En pocas palabras

Apartado 1: los poderes públicos de Andalucía velarán por un uso eficiente y sostenible del suelo, a fin de evitar la especulación urbanística y la configuración de áreas urbanizadas insostenibles. Apartado 2: la Comunidad Autónoma de Andalucía potenciará el desarrollo del transporte público colectivo, especialmente aquel más eficiente y menos contaminante.

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Texto del artículo 203 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)

1. Los poderes públicos de Andalucía velarán por un uso eficiente y sostenible del suelo, a fin de evitar la especulación urbanística y la configuración de áreas urbanizadas insostenibles. 2. La Comunidad Autónoma de Andalucía potenciará el desarrollo del transporte público colectivo, especialmente aquel más eficiente y menos contaminante.

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