Decreto 51/2025, de planificación y ordenación del empleo público de la Junta

Artículo 5. Objetivos de la planificación

En pocas palabras

La planificación de los recursos humanos es el fundamento de la actuación de la Administración en función pública. Su objetivo: contribuir a la eficiencia y eficacia en la acción pública, en la prestación de servicios y en el uso de los recursos económicos, personales, materiales y tecnológicos, mediante la dimensión adecuada de los efectivos, su mejor distribución, gestión, formación, motivación, promoción profesional y movilidad. Instrumentos de planificación: los planes de ordenación de recursos humanos y la oferta de empleo público, sin perjuicio del artículo 89.2 de la Ley 5/2023.

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Texto del artículo 5 del Decreto 51/2025 (DEP)

1. La planificación de los recursos humanos constituye el fundamento de la actuación de la Administración en materia de función pública y tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficiencia y eficacia en la acción pública, en la prestación de servicios y en la utilización de los recursos económicos, personales, materiales y tecnológicos disponibles, mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, gestión, formación, motivación, promoción profesional y movilidad. 2. A los efectos del presente decreto, son instrumentos de planificación del empleo público los planes de ordenación de recursos humanos y la oferta de empleo público, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 89.2 de la Ley 5/2023, de 7 de junio.

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