Decreto 51/2025, de planificación y ordenación del empleo público de la Junta
Artículo 4. Fundamentos y criterios de actuación de los planes de ordenación de recursos humanos
En pocas palabras
Los planes de ordenación de recursos humanos deben basarse en once fundamentos y criterios: transparencia y participación; negociación colectiva; eficacia y eficiencia; buena administración, calidad e innovación; racionalidad organizativa, simplificación y mejora regulatoria; compromiso con el personal y el empleo público; igualdad, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; perspectiva de género en todas las fases; formación y cualificación permanente; conciliación; y evaluación ex post de su aplicación.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 4 del Decreto 51/2025 (DEP)
Los planes de ordenación de recursos humanos deben basarse en los siguientes fundamentos y criterios de actuación: a) Transparencia y participación. b) Negociación colectiva. c) Eficacia en la prestación de los servicios públicos y eficiencia en el empleo de los recursos económicos disponibles. d) Buena administración y calidad e innovación de los servicios públicos. e) Racionalidad organizativa, simplificación de los procedimientos y mejora regulatoria. f) Compromiso con el personal y el empleo público. g) Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal en el empleo público de las personas con discapacidad. h) Incorporación de la perspectiva de género en todas las fases de la planificación. i) Formación y cualificación profesional permanente. j) Fomento de la conciliación de la vida profesional con la personal y familiar. k) Evaluación ex post de su aplicación.
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