Real Decreto Legislativo 5/2015, Estatuto Básico del Empleado Público
Artículo 99. Relaciones de cooperación entre las Administraciones Públicas
Título VIII. Cooperación entre las Administraciones Públicas
En pocas palabras
Las Administraciones Públicas actúan y se relacionan entre sí, en las materias objeto del Estatuto, de acuerdo con los principios de cooperación y colaboración, respetando en todo caso el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 99 del Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP)
Las Administraciones Públicas actuarán y se relacionarán entre sí en las materias objeto de este Estatuto de acuerdo con los principios de cooperación y colaboración, respetando, en todo caso, el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias.
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