Real Decreto Legislativo 5/2015, Estatuto Básico del Empleado Público

Artículo 77. Clasificación del personal laboral

Título V. Ordenación de la actividad profesional›Capítulo II. Estructuración del empleo público

Texto del artículo 77 del Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP)

El personal laboral se clasificará de conformidad con la legislación laboral.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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