Ley 9/1983, del Defensor del Pueblo Andaluz
Artículo 16
En pocas palabras
Toda queja se presenta firmada por el interesado, con su nombre, apellidos y domicilio, en escrito razonado, en papel común y en el plazo máximo de un año desde que tuvo conocimiento de los hechos objeto de la queja. Todas las actuaciones del Defensor del Pueblo Andaluz son gratuitas para el interesado y no es preceptiva la asistencia de Letrado ni de Procurador. De toda queja se acusa recibo.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 16 de la Ley 9/1983 (LDPA)
1. Toda queja se presentará firmada por el interesado, con indicación de su nombre, apellidos y domicilio, en escrito razonado, en papel común y en el plazo máximo de un año, contado a partir del momento en que tuviera conocimiento de los hechos objeto de la misma. 2. Todas las actuaciones del Defensor del Pueblo Andaluz son gratuitas para el interesado y no será preceptiva la asistencia de Letrado ni de Procurador. De toda queja se acusará recibo.
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