Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

Artículo 245. Causas de resolución

Libro Segundo. De los contratos de las Administraciones Públicas›Título II. De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas›Capítulo I. Del contrato de obras›Sección 5.ª. Resolución del contrato de obras

En pocas palabras

Además de las causas generales de la Ley, el contrato de obras tiene cuatro causas de resolución propias: la demora injustificada en la comprobación del replanteo; la suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a cuatro meses; la suspensión de las obras por plazo superior a ocho meses por parte de la Administración; y el desistimiento.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 245 de la Ley 9/2017 (LCSP)

Son causas de resolución del contrato de obras, además de las generales de la Ley, las siguientes: a) La demora injustificada en la comprobación del replanteo. b) La suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a cuatro meses. c) La suspensión de las obras por plazo superior a ocho meses por parte de la Administración. d) El desistimiento.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

1 pregunta de test sobre este artículo

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Ley 9/2017 (LCSP)