Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público
Artículo 236. Replanteo del proyecto
Libro Segundo. De los contratos de las Administraciones Públicas›Título II. De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas›Capítulo I. Del contrato de obras›Sección 1.ª. Actuaciones preparatorias del contrato de obras
En pocas palabras
Aprobado el proyecto y antes de aprobar el expediente de contratación de la obra se efectúa el replanteo, que consiste en comprobar la realidad geométrica de la obra y la disponibilidad de los terrenos precisos. En obras de infraestructuras hidráulicas, de transporte y de carreteras se dispensa del requisito previo de disponibilidad de los terrenos, pero no se inicia la ejecución hasta formalizar la ocupación. Si ceden terrenos o locales Entidades públicas, bastan los acuerdos de cesión y aceptación. Realizado el replanteo, el proyecto se incorpora al expediente.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 236 de la Ley 9/2017 (LCSP)
1. Aprobado el proyecto y previamente a la aprobación del expediente de contratación de la obra, se procederá a efectuar el replanteo del mismo, el cual consistirá en comprobar la realidad geométrica de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución. Asimismo se deberán comprobar cuantos supuestos figuren en el proyecto elaborado y sean básicos para el contrato a celebrar. 2. En la tramitación de los expedientes de contratación referentes a obras de infraestructuras hidráulicas, de transporte y de carreteras, se dispensará del requisito previo de disponibilidad de los terrenos, si bien no se podrá iniciar la ejecución de las obras en tanto no se haya formalizado la ocupación en virtud de la vigente Ley de Expropiación Forzosa. 3. En los casos de cesión de terrenos o locales por Entidades públicas, será suficiente para acreditar la disponibilidad de los terrenos, la aportación de los acuerdos de cesión y aceptación por los órganos competentes. 4. Una vez realizado el replanteo se incorporará el proyecto al expediente de contratación.
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