Decreto 39/2011, de organización de la contratación de la Junta de Andalucía
Artículo 37. Sistemas de selección de bienes y servicios homologados
En pocas palabras
Los bienes y servicios homologados se seleccionan por los sistemas de racionalización técnica de la contratación pública del Título II del Libro III de la Ley 30/2007. El resultado de la selección comprende las características de los bienes y servicios, sus precios unitarios y las empresas con las que podrán celebrarse los contratos; esos bienes y servicios integran el Catálogo. En el supuesto del artículo 36.2, las Secretarías Generales Técnicas pueden proponer, para su aprobación por la Dirección General de Patrimonio, las especificaciones y criterios de valoración técnicos.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 37 del Decreto 39/2011 (DCA)
1. La selección de los bienes y servicios homologados se realizará por los sistemas previstos en el Título II del Libro III de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, para la racionalización técnica de la contratación pública. 2. El resultado de la selección comprenderá las características de los bienes y servicios, sus precios unitarios y las correspondientes empresas con las que podrán celebrarse los contratos. Estos bienes y servicios integrarán el Catálogo de Bienes y Servicios Homologados. 3. En el supuesto previsto en el artículo 36.2, las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías podrán proponer, para su aprobación por la Dirección General competente en materia de Patrimonio, las especificaciones y criterios de valoración técnicos que regirán el proceso de selección de los bienes y servicios homologados.
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