Decreto 39/2011, de organización de la contratación de la Junta de Andalucía
Artículo 33. Exactitud de los datos y subsanación de errores
En pocas palabras
La información inscrita en el Registro de Contratos debe ser veraz, exacta y completa en función del expediente de contratación, conforme a las circulares o instrucciones de la Dirección General competente en materia de Patrimonio. Si se observan insuficiencias o defectos en los datos inscritos, esa Dirección General lo pone en conocimiento del órgano gestor de la contratación correspondiente, al objeto de que se adopten las medidas necesarias para subsanar las deficiencias detectadas.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 33 del Decreto 39/2011 (DCA)
1. La información que se inscriba en el Registro de Contratos habrá de ser veraz, exacta y completa en función del expediente de contratación, de conformidad con las circulares o instrucciones dictadas por la Dirección General competente en materia de Patrimonio para asegurar la adecuación, pertinencia y necesidad de los datos exigidos. 2. En el supuesto de que se observaran insuficiencias o defectos en los datos inscritos, la Dirección General competente en materia de Patrimonio pondrá tales extremos en conocimiento del correspondiente órgano gestor de la contratación, al objeto de que se adopten las medidas necesarias para subsanar las deficiencias detectadas.
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