Orden de 19 de febrero de 2015, de contabilidad pública de la Junta de Andalucía

Artículo 27. Requerimientos y comunicaciones

En pocas palabras

Las oficinas contables expiden requerimientos de justificación y los remiten a las oficinas gestoras responsables de acreditar la justificación de las obligaciones a justificar que estén pendientes y fuera de plazo. El requerimiento indica la necesidad de cancelar esos importes pendientes en la forma que proceda en cada caso.

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Texto del artículo 27 de la Orden de 19 de febrero de 2015 (OCP)

Las oficinas contables expedirán requerimientos de justificación que remitirán a las oficinas gestoras responsables de acreditar la justificación de las obligaciones a justificar pendientes y fuera de plazo, con indicación de la necesidad de cancelar dichos importes pendientes en la forma que, en cada caso, proceda.

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