Orden de 19 de febrero de 2015, de contabilidad pública de la Junta de Andalucía

Artículo 11. Funciones de la Dirección General competente en materia de Patrimonio

En pocas palabras

La Dirección General competente en materia de Patrimonio gestiona las altas y bajas y las demás operaciones patrimoniales sin incidencia presupuestaria que deban anotarse en la Contabilidad Patrimonial. Los tres datos del precepto: el órgano (Dirección General competente en materia de Patrimonio), el tipo de operación (sin incidencia presupuestaria) y dónde se anota (Contabilidad Patrimonial).

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Texto del artículo 11 de la Orden de 19 de febrero de 2015 (OCP)

La Dirección General competente en materia de Patrimonio gestionará las altas y bajas, y demás operaciones patrimoniales sin incidencia presupuestaria a anotar en la Contabilidad Patrimonial.

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