Ley 2/2024, del Consejo Consultivo de Andalucía
Artículo 29. Solicitud simultánea
En pocas palabras
En los recursos de inconstitucionalidad y en los conflictos positivos de competencia, el dictamen debe solicitarse antes de que se adopten los acuerdos de interposición o de requerimiento, respectivamente. Excepcionalmente, en caso de urgencia, puede solicitarse de forma simultánea, sin perjuicio de que dicho dictamen no tendrá carácter vinculante.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 29 de la Ley 2/2024 (LCCA)
En los recursos de inconstitucionalidad y en los conflictos positivos de competencia, deberá solicitarse el dictamen al Consejo Consultivo con anterioridad a que sean adoptados los acuerdos de interposición o de requerimiento, respectivamente. Excepcionalmente, en caso de urgencia, podrán solicitarse de forma simultánea, sin perjuicio de que dicho dictamen no tendrá carácter vinculante.
Practica Ley 2/2024 (LCCA) con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.