Ley 2/2024, del Consejo Consultivo de Andalucía

Artículo 22. Pleno

En pocas palabras

El Pleno del Consejo Consultivo lo constituyen la persona que ostente la Presidencia y las consejeras y consejeros permanentes, natos y electivos. Está asistido por la Secretaría General.

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Texto del artículo 22 de la Ley 2/2024 (LCCA)

El Pleno del Consejo Consultivo estará constituido por la persona que ostente la Presidencia, las consejeras y consejeros permanentes, natos y electivos. Estará asistido por la Secretaría General.

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