Orden de 23 de mayo de 2025, bases generales del concurso abierto y permanente

Artículo 12. Adjudicación provisional

En pocas palabras

Antes de cada resolución de adjudicación definitiva, la comisión de valoración aprueba y publica la adjudicación provisional, con la puntuación obtenida en cada caso y las exclusiones con sus causas. Se publica en la sede electrónica general y abre un plazo de cinco días hábiles, desde el siguiente a la publicación, para presentar alegaciones conforme al Anexo III y para la vista del expediente de participación. Las alegaciones no tienen carácter de recurso y se resuelven, a propuesta de la comisión de valoración, en la resolución de adjudicación definitiva.

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Texto del artículo 12 de la Orden de 23 de mayo de 2025 (OCAP)

1. Previamente al dictado de cada una de las resoluciones de adjudicación definitiva, la comisión de valoración aprobará y publicará la adjudicación provisional, con indicación de la puntuación obtenida en cada caso, así como de las exclusiones, con indicación de sus causas. Dicha publicación se realizará en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, indicando la apertura de un plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones conforme al Anexo III de las presentes bases generales, a contar desde el siguiente a la publicación de la adjudicación provisional, así como para proceder a la vista del expediente de participación, a los efectos de comprobar la valoración efectuada al mismo. Dichas actuaciones se realizarán a través de la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía. 2. Las alegaciones presentadas, que no tendrán el carácter de recurso, serán resueltas a propuesta de la comisión de valoración en la resolución de adjudicación definitiva.

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