Decreto 317/2003, de Cartas de Servicios y evaluación de la calidad
Artículo 1. Objeto
Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES
En pocas palabras
El Decreto regula tres cosas: las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los Premios a la Calidad de los servicios públicos de la Junta de Andalucía. Además, en relación con esas materias, establece las funciones que desarrollará la Dirección General de Organización, Inspección y Calidad de los Servicios de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Explicación sencilla
Fija el objeto del Decreto: cartas, evaluación y premios, siempre referidos a los servicios públicos de la Junta de Andalucía. También adelanta qué centro directivo tendrá funciones en estas materias y a qué Consejería pertenece.
Regla mnemotécnica
C-E-P + DG: Cartas de Servicios, Evaluación de la calidad, Premios a la Calidad; y las funciones de la Dirección General de Organización, Inspección y Calidad de los Servicios.
Trampa típica de examen
Atribuir las funciones a la Consejería en general o a otro centro directivo. El artículo las asigna a una Dirección General concreta, la de Organización, Inspección y Calidad de los Servicios, de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Texto del artículo 1 del Decreto 317/2003 (DCS)
El presente Decreto tiene por objeto regular las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad, así como los Premios a la Calidad de los servicios públicos de la Junta de Andalucía. Asimismo, en relación con las materias que se regulan, se establecen las funciones que desarrollará la Dirección General de Organización, Inspección y Calidad de los Servicios de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
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