Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

Artículo 85

En pocas palabras

Si se ha convocado concurso de proyectos, la Corporación elige, con arreglo a las bases del concurso, el proyecto que sea más conveniente a los intereses públicos, y puede introducir en él las modificaciones que considere oportunas.

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Texto del artículo 85 del Real Decreto 1372/1986 (RBEL)

En el supuesto de que se hubiere convocado concurso de proyectos, la Corporación elegirá, con arreglo a las bases del mismo, el que fuere mas conveniente a los intereses públicos, y podrá introducir las modificaciones que considerase oportunas.

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