Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
Artículo 79
En pocas palabras
Ninguna concesión ni licencia puede otorgarse por tiempo indefinido. El plazo de duración máximo de las concesiones es de noventa y nueve años, a no ser que la normativa especial señale otro menor.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 79 del Real Decreto 1372/1986 (RBEL)
En ningún caso podrá otorgarse concesión o licencia alguna por tiempo indefinido. El plazo de duración máximo de las concesiones será de noventa y nueve años, a no ser que por la normativa especial se señale otro menor.
Practica Real Decreto 1372/1986 (RBEL) con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.