Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

Artículo 72

En pocas palabras

Las Corporaciones locales pueden ejecutar en vía administrativa la investigación, el deslinde y la reivindicación de los bienes situados fuera del término de su jurisdicción. Lo hacen mediante exhorto a la Entidad en cuyo territorio radiquen, para que por su mediación se desarrollen los actos correspondientes.

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Texto del artículo 72 del Real Decreto 1372/1986 (RBEL)

Las Corporaciones locales podrán ejecutar en vía administrativa la investigación, el deslinde y reivindicación de los bienes situados fuera del término de su jurisdicción, mediante exhorto a la Entidad en cuyo territorio radicaren, para que, por su mediación, se desarrollen los actos correspondientes.

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