Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

Artículo 132

En pocas palabras

Los afectados por los procedimientos de expropiación y desahucio de las Corporaciones locales tienen todas las garantías judiciales que contempla la Ley de Expropiación Forzosa. El artículo se refiere a los dos procedimientos, expropiación y desahucio, y a todas esas garantías judiciales, no a una parte.

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Texto del artículo 132 del Real Decreto 1372/1986 (RBEL)

Los afectados por los procedimientos de expropiación y desahucio de las Corporaciones locales tendrán todas las garantías judiciales que contempla la Ley de Expropiación Forzosa.

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