Ley 7/1999, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía
Artículo 8. Adquisición de bienes y derechos
En pocas palabras
Las entidades locales pueden adquirir y poseer toda clase de bienes y derechos, y también ejercitar las acciones pertinentes para la defensa de su patrimonio. Todo ello de conformidad con lo establecido en la propia Ley 7/1999 y en la demás normativa que resulte de aplicación.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 8 de la Ley 7/1999 (LBELA)
Las entidades locales podrán adquirir y poseer toda clase de bienes y derechos y ejercitar las acciones pertinentes para la defensa de su patrimonio, de conformidad con lo establecido en la presente ley y demás normativa que resulte de aplicación.
Practica Ley 7/1999 (LBELA) con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.