Ley 5/2010, de Autonomía Local de Andalucía
Artículo 119. Suficiencia financiera de las entidades vecinales
En pocas palabras
Los ayuntamientos garantizan a las entidades vecinales los recursos necesarios para el ejercicio de sus competencias y su funcionamiento. Para ello deben consignar en sus presupuestos la asignación adecuada en función de la población, los servicios y las necesidades de la entidad, teniendo en cuenta además lo establecido en sus estatutos, sin que en ningún caso se deriven de ello consecuencias dañosas para los intereses del conjunto del municipio.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 119 de la Ley 5/2010 (LAULA)
Los ayuntamientos garantizarán a las entidades vecinales los recursos necesarios para el ejercicio de sus competencias y su funcionamiento. A tal fin, deberán consignar en sus presupuestos la asignación adecuada en función de su población, servicios y necesidades, teniendo en cuenta, además, lo establecido en sus estatutos, sin que en ningún caso se deriven de ello consecuencias dañosas para los intereses del conjunto del municipio.
Practica Ley 5/2010 (LAULA) con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.