Ley 7/2011, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía
Artículo 43. Archivos centrales
Título II. Los archivos y el Sistema Archivístico de Andalucía›Capítulo III. Archivos›Sección 4.ª. Archivos de la Junta de Andalucía›Subsección 1.ª. Archivos de titularidad y gestión de la Junta de Andalucía
Ha caído en 2 exámenes oficiales del IAAP
- C2.1000 · libre · OEP 2017/2018/2019 · primer ejercicio
- C2.1000 · promoción interna · OEP 2015/2016
Oposiciones de la Junta de Andalucía. Qué exámenes tenemos
En pocas palabras
Los archivos centrales son las unidades administrativas encargadas de la gestión documental de los organismos a los que están adscritos. Hay uno en cada consejería y en cada entidad instrumental: transfieren al Archivo General de Andalucía, salvo las entidades de ámbito de una sola provincia, que lo hacen al archivo provincial intermedio. Los de cada delegación del Gobierno y delegación provincial transfieren a los provinciales intermedios. Plazos: los de la Comisión Andaluza de Valoración y Acceso a los Documentos o, en su defecto, el reglamentario.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 43 de la Ley 7/2011 (LDAPD)
1. Los archivos centrales son las unidades administrativas encargadas de la gestión documental aplicada a los documentos de los organismos a los que están adscritos. 2. En cada consejería de la Administración de la Junta de Andalucía existirá un archivo central. Estos archivos transferirán sus documentos al Archivo General de Andalucía y llevarán a cabo la coordinación funcional de los archivos centrales de sus respectivos órganos territoriales reseñados en el apartado 4. 3. En cada entidad instrumental dependiente de la Administración de la Junta de Andalucía existirá un archivo central. Estos archivos transferirán sus documentos al Archivo General de Andalucía, excepto los de aquellas entidades cuyo ámbito de actuación sea una sola provincia, en cuyo caso lo harán al archivo provincial intermedio correspondiente. 4. En cada delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, así como en cada delegación provincial de las respectivas consejerías, existirá asimismo un archivo central. Estos archivos transferirán sus documentos a los archivos provinciales intermedios. 5. Los archivos centrales transferirán sus documentos de acuerdo con los plazos establecidos por la Comisión Andaluza de Valoración y Acceso a los Documentos o, en su defecto, en el plazo que reglamentariamente se establezca. En el caso de expedientes electrónicos incorporarán las referencias pertinentes al Sistema de Información de Archivos de la Junta de Andalucía para la gestión documental y garantizarán la cadena de custodia. 6. Los archivos centrales reseñados en los apartados 2 y 3 serán coordinados funcionalmente por el Archivo General de Andalucía.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
3 preguntas de test sobre este artículo
2 son de exámenes oficiales del IAAP, con la respuesta de su plantilla. Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.