Ley 7/2011, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía
Artículo 18. Integridad del Patrimonio Documental de Andalucía
Título I. Los documentos de titularidad pública y el Patrimonio Documental de Andalucía›Capítulo II. El Patrimonio Documental de Andalucía
En pocas palabras
No se podrá eliminar ningún documento constitutivo del Patrimonio Documental de Andalucía. La salvedad que admite el artículo es la eliminación en los supuestos y mediante los procedimientos establecidos reglamentariamente: tanto los supuestos como los procedimientos han de estar fijados por reglamento.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 18 de la Ley 7/2011 (LDAPD)
No se podrá eliminar ningún documento constitutivo del Patrimonio Documental de Andalucía, salvo en los supuestos y mediante los procedimientos establecidos reglamentariamente.
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