Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía
Artículo 73. Régimen presupuestario
Título III. Entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía›Capítulo II. Agencias›Sección 4.ª. Agencias de Régimen especial
En pocas palabras
El régimen presupuestario de las agencias de régimen especial es el que establecen el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y la demás normativa aplicable.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 73 de la Ley 9/2007 (LAJA)
El régimen presupuestario de las agencias de régimen especial será el establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y demás normativa aplicable.
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