Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía
Artículo 38. Titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías
Título II. Organización de la Administración de la Junta de Andalucía›Capítulo III. Organización territorial de la Administración de la Junta de Andalucía
En pocas palabras
Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías representan a su Consejería en la provincia y ejercen la dirección, coordinación y control inmediatos de los servicios de la Delegación, bajo la superior dirección y la supervisión de la persona titular de la Consejería. Su nombramiento y separación se hacen por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 38 de la Ley 9/2007 (LAJA)
Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías representan a éstas en la provincia y ejercen la dirección, coordinación y control inmediatos de los servicios de la Delegación, bajo la superior dirección y la supervisión de la persona titular de la Consejería. Su nombramiento y separación se harán por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente.
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