Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía

Artículo 38. Titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías

Título II. Organización de la Administración de la Junta de Andalucía›Capítulo III. Organización territorial de la Administración de la Junta de Andalucía

En pocas palabras

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías representan a su Consejería en la provincia y ejercen la dirección, coordinación y control inmediatos de los servicios de la Delegación, bajo la superior dirección y la supervisión de la persona titular de la Consejería. Su nombramiento y separación se hacen por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente.

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Texto del artículo 38 de la Ley 9/2007 (LAJA)

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías representan a éstas en la provincia y ejercen la dirección, coordinación y control inmediatos de los servicios de la Delegación, bajo la superior dirección y la supervisión de la persona titular de la Consejería. Su nombramiento y separación se harán por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente.

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