Decreto 622/2019, de administración electrónica de la Junta de Andalucía

Artículo 4. Competencias de las Consejerías

Capítulo I. Disposiciones generales

En pocas palabras

Cada Consejería encomendará a uno de sus órganos directivos las funciones de impulso, implantación, coordinación, seguimiento y evaluación de las determinaciones del decreto. Esas funciones se ejercen en el ámbito de la Consejería correspondiente, de sus entidades instrumentales y consorcios adscritos, y dentro del marco de la planificación y coordinación general que establezcan las Consejerías competentes en materia de administración pública y transformación digital.

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Texto del artículo 4 del Decreto 622/2019 (DAE)

Cada Consejería encomendará a uno de sus órganos directivos las funciones de impulso, implantación, coordinación, seguimiento y evaluación de las determinaciones contenidas en este decreto en el ámbito de la Consejería correspondiente, de sus entidades instrumentales y consorcios adscritos, en el marco de la planificación y coordinación general que establezcan las Consejerías competentes en materia de administración pública y transformación digital.

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