Ley 13/2007, de prevención y protección integral contra la violencia de género
Artículo 58. Comisión institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género
Título IV. Coordinación y cooperación institucional
En pocas palabras
Se crea la Comisión institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género, con el objeto de coordinar, impulsar y evaluar las acciones y medidas que se desarrollen en Andalucía contra la violencia de género. La coordina la Consejería competente en materia de violencia de género y la componen miembros de todas las Consejerías que compongan el Consejo de Gobierno, representantes de las entidades locales y de las asociaciones de mujeres. Su funcionamiento se desarrollará reglamentariamente.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 58 de la Ley 13/2007 (LVGA)
1. Se crea la Comisión institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género, con el objeto de coordinar, impulsar y evaluar las acciones y medidas que se desarrollen en Andalucía contra la violencia de género. 2. Estará coordinada por la Consejería competente en materia de violencia de género y estará compuesta por miembros de todas las Consejerías que compongan el Consejo de Gobierno, representantes de las entidades locales y de las asociaciones de mujeres. 3. Su funcionamiento se desarrollará reglamentariamente.
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