Ley 13/2007, de prevención y protección integral contra la violencia de género

Artículo 57 bis. Ventanilla única para atención a las víctimas de la violencia de género

Título IV. Coordinación y cooperación institucional

En pocas palabras

La Administración de la Junta de Andalucía establecerá un sistema único de atención a las víctimas de violencia de género que permita darles una respuesta integral, denominado ventanilla única para atención a las víctimas de la violencia de género. A tales efectos, los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para garantizar la cooperación, la coordinación interinstitucional y el trabajo en red, facilitando la interconexión de los sistemas de atención, protección y seguridad.

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Texto del artículo 57 bis de la Ley 13/2007 (LVGA)

La Administración de la Junta de Andalucía establecerá un sistema único de atención a las víctimas de violencia de género que permita dar una respuesta integral a las mismas, denominado ventanilla única para atención a las víctimas de la violencia de género. A tales efectos, los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para garantizar la cooperación, la coordinación interinstitucional y el trabajo en red, facilitando la interconexión de los sistemas de atención, protección y seguridad.

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