Ley 13/2007, de prevención y protección integral contra la violencia de género

Artículo 21. Formación en el ámbito judicial

Título I. Investigación, sensibilización y prevención›Capítulo V. Formación de profesionales

En pocas palabras

La Junta de Andalucía fomentará la colaboración con el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado. En el ámbito de sus respectivas competencias, asegurarán una formación específica relativa a la igualdad y no discriminación por razón de sexo y sobre violencia de género en los cursos de formación de jueces y magistrados, fiscales, secretarios judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y médicos forenses. Asimismo se promoverá la formación específica necesaria para las personas profesionales del ámbito jurídico que tengan relación con el objeto de la Ley.

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Texto del artículo 21 de la Ley 13/2007 (LVGA)

1. La Administración de la Junta de Andalucía fomentará la colaboración con el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado. En el ámbito de sus respectivas competencias, asegurarán una formación específica relativa a la igualdad y no discriminación por razón de sexo y sobre violencia de género en los cursos de formación de jueces y magistrados, fiscales, secretarios judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y médicos forenses. 2. Asimismo se promoverá la formación específica necesaria para las personas profesionales del ámbito jurídico, que tengan relación con el objeto de la presente Ley.

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