Ley 1/2014, de Transparencia Pública de Andalucía

Artículo 31. Deber de auxilio y colaboración

Título III. El derecho de acceso a la información pública›Capítulo II. El ejercicio del derecho de acceso a la información pública

En pocas palabras

Las entidades sujetas a la ley establecerán, en sus plataformas de información y guías de orientación, la orientación necesaria para localizar la información que se solicita y los órganos que la posean. Su personal está obligado a ayudar e informar a quienes lo requieran sobre la forma y el lugar en que pueden presentar sus solicitudes de acceso. En ambos deberes se atenderá especialmente a las necesidades de las personas con discapacidad o con otras circunstancias personales que les dificulten el acceso a la información o a los medios electrónicos.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 31 de la Ley 1/2014 (LTPA)

1. Las entidades sujetas a esta ley establecerán en sus respectivas plataformas de información y guías de orientación, para facilitar a las personas que deseen ejercer el derecho de acceso, la orientación necesaria para localizar la información que solicitan y los órganos que la posean. 2. El personal al servicio de estas entidades está obligado a ayudar e informar a las personas que lo requieran sobre la forma y el lugar en que pueden presentar sus solicitudes de acceso a la información. 3. En el cumplimiento de los deberes establecidos en los apartados anteriores, se atenderá especialmente a las necesidades de las personas con discapacidad o con otras circunstancias personales que les dificulten el acceso a la información disponible en las administraciones públicas o a los medios electrónicos.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

1 pregunta de test sobre este artículo

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Ley 1/2014 (LTPA)