Ley 1/2014, de Transparencia Pública de Andalucía

Artículo 18. Acceso a la publicidad activa

Título II. La publicidad activa

En pocas palabras

La información pública objeto de publicidad activa, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, estará disponible a través del Portal de la Junta de Andalucía. Además, la Administración de la Junta de Andalucía podrá adoptar otras medidas complementarias y de colaboración con el resto de administraciones públicas para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia del título; esa colaboración podrá instrumentarse mediante la suscripción de convenios interadministrativos.

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Texto del artículo 18 de la Ley 1/2014 (LTPA)

1. La información pública objeto de publicidad activa, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, estará disponible a través del Portal de la Junta de Andalucía. 2. La Administración de la Junta de Andalucía podrá adoptar otras medidas complementarias y de colaboración con el resto de administraciones públicas para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia recogidas en este título. Esta colaboración podrá instrumentarse mediante la suscripción de convenios interadministrativos.

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