Decreto 282/2010, Reglamento de concesión de subvenciones de la Junta

Artículo 15. Criterios objetivos para la concesión de la subvención

Título. REGLAMENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA›Capítulo II. De las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones regladas›Sección 2.ª. De la estructura y contenido de las bases reguladoras

En pocas palabras

En concurrencia competitiva, las bases contienen los criterios objetivos de otorgamiento con su ponderación, por orden decreciente de importancia salvo que haya un solo criterio, y en todo caso los fijados por norma de rango legal. Salvo justificación expresa al elaborar las bases, deben incluirse: compromiso medioambiental, igualdad de género, empleos estables creados y, en su caso, mantenidos, perspectiva de discapacidad, impacto en la salud y seguridad laboral. En las cofinanciadas con fondos europeos, también los previstos en los documentos de programación.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 15 del Decreto 282/2010 (DSA)

1. En los procedimientos de concesión en régimen de concurrencia competitiva las bases reguladoras contendrán los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención especificando, por orden decreciente de importancia, salvo que exista un solo criterio, su correspondiente ponderación. En todo caso, incluirán los criterios establecidos por norma de rango legal. 2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, entre los criterios deberán incluirse, salvo en aquellos casos en que por la naturaleza de la subvención o de las entidades solicitantes, se justifique expresamente en el procedimiento de elaboración de las bases reguladoras que no procede su incorporación: a) La ponderación del grado de compromiso medioambiental de las personas solicitantes, en atención a las actividades subvencionables, de conformidad con lo establecido en el artículo 119.2.g) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Asimismo, cuando las actuaciones subvencionables deban someterse a las medidas exigidas en la normativa de protección medioambiental, deberá incluirse la valoración de las medidas complementarias que proponga ejecutar la persona solicitante respecto a las de la citada normativa. b) La valoración de actuaciones de efectiva consecución de la igualdad de género por parte de las entidades solicitantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 13.1 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. c) La valoración de empleos estables creados y, en su caso, los empleos estables mantenidos. d) La valoración de actuaciones que incluyan la perspectiva de discapacidad. e) La ponderación del impacto en la salud. f) La seguridad laboral. 3. En relación a las subvenciones cofinanciadas con fondos europeos, las bases reguladoras contemplarán, entre los criterios objetivos, los previstos en los respectivos documentos de programación.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

1 pregunta de test sobre este artículo

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Decreto 282/2010 (DSA)