Decreto-ley 3/2024, de simplificación y racionalización administrativa

Artículo 20. Utilización de las encomiendas de gestión administrativas para la gestión compartida de proyectos

En pocas palabras

La Administración de la Junta de Andalucía podrá utilizar las encomiendas de gestión interadministrativas para la gestión compartida de proyectos cuando sea necesaria la realización de actividades de carácter material o técnico, en los términos de la normativa básica estatal y del artículo 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Asimismo, potenciará las encomiendas de gestión a otros órganos o entidades de derecho público para el cumplimiento del objetivo y finalidad del Decreto-ley.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 20 del Decreto-ley 3/2024 (DLSA)

1. La Administración de la Junta de Andalucía podrá utilizar las encomiendas de gestión interadministrativas para la gestión compartida de proyectos cuando sea necesaria la realización de actividades de carácter material o técnico, en los términos establecidos en la normativa básica estatal y el artículo 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. 2. Asimismo, la Administración de la Junta de Andalucía potenciará las encomiendas de gestión a otros órganos o entidades de derecho público para el cumplimiento del objetivo y finalidad del presente Decreto-ley.

Practica Decreto-ley 3/2024 (DLSA) con tests

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Decreto-ley 3/2024 (DLSA)