Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social
Artículo 300. Acuerdo de actividad
Título III. Protección por desempleo›Capítulo VII. Régimen de obligaciones, infracciones y sanciones
En pocas palabras
A los efectos previstos en «este título», por acuerdo de actividad se entiende el así definido en el artículo 3 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. El artículo no contiene la definición: remite a la de esa ley.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 300 del Real Decreto Legislativo 8/2015 (LGSS)
A los efectos previstos en este título, se entenderá por acuerdo de actividad el así definido en el artículo 3 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
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