Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos
Artículo 77. Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control
En pocas palabras
Todo interesado que considere que el tratamiento de datos personales que le conciernen infringe el Reglamento tiene derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control, en particular en el Estado miembro de su residencia habitual, de su lugar de trabajo o del lugar de la supuesta infracción, sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial. La autoridad ante la que se reclama informa al reclamante sobre el curso y el resultado de la reclamación, incluida la posibilidad de acceder a la tutela judicial.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 77 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD)
1. Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial, todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control, en particular en el Estado miembro en el que tenga su residencia habitual, lugar de trabajo o lugar de la supuesta infracción, si considera que el tratamiento de datos personales que le conciernen infringe el presente Reglamento. 2. La autoridad de control ante la que se haya presentado la reclamación informará al reclamante sobre el curso y el resultado de la reclamación, inclusive sobre la posibilidad de acceder a la tutela judicial en virtud del artículo 78.
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