Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos
Artículo 64. Depósitos en otros archivos del Sistema Andaluz de Archivos
En pocas palabras
El depósito de documentos en otros archivos del Sistema Andaluz de Archivos, distintos de los citados en los artículos anteriores, se realiza mediante una solicitud ante la entidad titular del archivo, que es quien resuelve sobre su aceptación.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 64 del Decreto 97/2000 (RSA)
El depósito de documentos en otros archivos del Sistema Andaluz de Archivos distintos de los citados en los artículos anteriores, se realizará mediante una solicitud ante la entidad titular del archivo, que resolverá sobre su aceptación.
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