Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos

Artículo 122. Centros de conservación documental

En pocas palabras

La Consejería de Cultura podrá crear o designar centros en el Sistema Andaluz de Archivos para el estudio y aplicación de técnicas en materia de conservación del Patrimonio Documental Andaluz. Es una facultad («podrá»), y admite dos fórmulas: crear centros o designarlos.

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Texto del artículo 122 del Decreto 97/2000 (RSA)

La Consejería de Cultura podrá crear o designar centros en el Sistema Andaluz de Archivos para el estudio y aplicación de técnicas en materia de conservación del Patrimonio Documental Andaluz.

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