Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos

Artículo 105. Solicitudes de reproducción

En pocas palabras

La solicitud de reproducciones de documentos se realiza en impreso normalizado. En ese impreso deben constar tres datos: la descripción del documento, la signatura y la finalidad para la que se reproduce.

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Texto del artículo 105 del Decreto 97/2000 (RSA)

La solicitud de reproducciones de documentos se realizará en impreso normalizado, en el que se hará constar: la descripción del documento, la signatura y la finalidad para la que se reproduce.

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