Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos

Artículo 1. Objeto

En pocas palabras

El Reglamento tiene un doble objeto: regular el Sistema Andaluz de Archivos y fijar las disposiciones comunes para cuatro actividades sobre el Patrimonio Documental Andaluz: gestión, protección, conservación y difusión.

Explicación sencilla

Delimita qué regula el Reglamento: no solo el Sistema Andaluz de Archivos, sino también las disposiciones comunes sobre el Patrimonio Documental Andaluz. Conviene retener los cuatro términos de esa segunda parte, porque es una enumeración en la que basta cambiar una palabra para falsearla.

Regla mnemotécnica

Dos objetos: el Sistema y las disposiciones comunes. Estas son GPCD: Gestión, Protección, Conservación y Difusión del Patrimonio Documental Andaluz.

Trampa típica de examen

Creer que el objeto es solo regular el Sistema Andaluz de Archivos, o cambiar «difusión» por «investigación» en la enumeración. El objeto incluye también las disposiciones comunes, y sus cuatro términos son gestión, protección, conservación y difusión.

Texto del artículo 1 del Decreto 97/2000 (RSA)

Es objeto del presente Reglamento regular el Sistema Andaluz de Archivos, así como las disposiciones comunes para la gestión, protección, conservación y difusión del Patrimonio Documental Andaluz.

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