Artículo 109
En pocas palabras
Si el monopolio de un servicio afecta a varios términos municipales, el acuerdo deben adoptarlo todos los Ayuntamientos respectivos. La regla se mantiene aun cuando el servicio haya de ser prestado a través de Mancomunidades u otras formas asociativas.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 109 del Real Decreto Legislativo 781/1986 (TRRL)
Si el monopolio de un servicio afecta a varios términos municipales, deberán adoptar el acuerdo todos los Ayuntamientos respectivos, aun cuando el servicio haya de ser prestado a través de Mancomunidades u otras formas asociativas.
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