Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales
Artículo 27. Tratamiento de datos relativos a infracciones y sanciones administrativas
Título IV. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos
En pocas palabras
El tratamiento de datos de infracciones y sanciones administrativas, incluidos los registros, exige dos condiciones: que el responsable sea el órgano competente para instruir el procedimiento sancionador, declarar la infracción o imponer la sanción, y que se limite a los datos estrictamente necesarios. Si falta alguna, hace falta consentimiento del interesado o autorización por norma con rango de ley. Fuera de esos casos, solo cabe si lo realizan abogados y procuradores para recoger la información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 27 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)
1. A los efectos del artículo 86 del Reglamento (UE) 2016/679, el tratamiento de datos relativos a infracciones y sanciones administrativas, incluido el mantenimiento de registros relacionados con las mismas, exigirá: a) Que los responsables de dichos tratamientos sean los órganos competentes para la instrucción del procedimiento sancionador, para la declaración de las infracciones o la imposición de las sanciones. b) Que el tratamiento se limite a los datos estrictamente necesarios para la finalidad perseguida por aquel. 2. Cuando no se cumpla alguna de las condiciones previstas en el apartado anterior, los tratamientos de datos referidos a infracciones y sanciones administrativas habrán de contar con el consentimiento del interesado o estar autorizados por una norma con rango de ley, en la que se regularán, en su caso, garantías adicionales para los derechos y libertades de los afectados. 3. Fuera de los supuestos señalados en los apartados anteriores, los tratamientos de datos referidos a infracciones y sanciones administrativas solo serán posibles cuando sean llevados a cabo por abogados y procuradores y tengan por objeto recoger la información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones.
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