Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales

Artículo 14. Derecho de rectificación

Título III. Derechos de las personas›Capítulo II. Ejercicio de los derechos

En pocas palabras

Al ejercer el derecho de rectificación, el afectado debe indicar en su solicitud dos cosas: a qué datos se refiere y la corrección que haya de realizarse. Además, cuando sea preciso, debe acompañar la documentación que justifique la inexactitud o el carácter incompleto de los datos objeto de tratamiento.

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Texto del artículo 14 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)

Al ejercer el derecho de rectificación reconocido en el artículo 16 del Reglamento (UE) 2016/679, el afectado deberá indicar en su solicitud a qué datos se refiere y la corrección que haya de realizarse. Deberá acompañar, cuando sea preciso, la documentación justificativa de la inexactitud o carácter incompleto de los datos objeto de tratamiento.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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