Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales

Artículo 10. Tratamiento de datos de naturaleza penal

Título II. Principios de protección de datos

En pocas palabras

El tratamiento de datos de condenas e infracciones penales, y procedimientos y medidas cautelares y de seguridad conexas, para fines distintos de la prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de la ejecución de sanciones penales, solo cabe si lo ampara una norma de Derecho de la Unión, esta ley orgánica u otras normas de rango legal. El registro completo puede hacerse conforme a la regulación del Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia. Fuera de eso, solo abogados y procuradores, con la información de sus clientes.

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Texto del artículo 10 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)

1. El tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales, así como a procedimientos y medidas cautelares y de seguridad conexas, para fines distintos de los de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, solo podrá llevarse a cabo cuando se encuentre amparado en una norma de Derecho de la Unión, en esta ley orgánica o en otras normas de rango legal. 2. El registro completo de los datos referidos a condenas e infracciones penales, así como a procedimientos y medidas cautelares y de seguridad conexas a que se refiere el artículo 10 del Reglamento (UE) 2016/679, podrá realizarse conforme con lo establecido en la regulación del Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia. 3. Fuera de los supuestos señalados en los apartados anteriores, los tratamientos de datos referidos a condenas e infracciones penales, así como a procedimientos y medidas cautelares y de seguridad conexas solo serán posibles cuando sean llevados a cabo por abogados y procuradores y tengan por objeto recoger la información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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